Para pagar sus impuestos debe hacer dos tipos de declaraciones:
Mensuales mismas que se presentan a más tardar el 17 del mes siguiente al que corresponde el pago y anuales, que habitualmente se presentan, al año siguiente de haber obtenido sus ingresos por las actividades desarrolladas.
Las personas morales con fines de lucro deben presentarla por Internet durante el periodo enero a marzo del siguiente año.